Translate

martes, 19 de abril de 2016

Procedimiento de regularización catastral


La Ley 16/2012, de 27 de diciembre, por la que se adoptan diversas medidas tributarias dirigidas a la consolidación de las finanzas públicas y al impulso de la actividad económica, introdujo una modificación en la Ley del Catastro a través de la disposición adicional tercera, el procedimiento de regularización catastral.








Se trata de un procedimiento de incorporación al Catastro Inmobiliario de bienes inmuebles urbanos y rústicos con construcción, así como de las alteraciones y características.

Se tramita en el supuesto de que los inmuebles inscritos en el Catastro y la realidad inmobiliaria no coincidan porque se ha incumplido la obligación de declarar la alteración producida.

El procedimiento de regularización se inicia de oficio por el Catastro, y en la propuesta de regularización se concede un plazo de quince días para efectuar alegaciones. Transcurrido el plazo sin que se formulen alegaciones, la propuesta se convierte en definitiva, y podrá ser recurrida.

 En el plazo de un mes desde la notificación de la resolución se puede interponer:

    • Reclamación económico-administrativa ante el Tribunal Económico-Administrativo Regional o Local. Si el valor catastral del inmueble excede de 1.800.000 euros, dicha reclamación podrá interponerse directamente, ante el Tribunal Económico-Administrativo Central.
    • Con carácter potestativo y previo a dicha reclamación económico-administrativa se puede interponer recurso de reposición ante la Gerencia del Catastro que dictó el acto, no siendo admisible la interposición simultánea de ambos recursos.


La tramitación del procedimiento de regularización catastral excluye las sanciones que hubieran sido exigidas por el incumplimiento de declarar en plazo, pero supone la liquidación de la tasa, por importe de 60 euros, como tributo estatal que se exige por la prestación de un servicio de recepción obligatoria.

El plazo de resolución del procedimiento es de seis meses. La falta de resolución dentro de plazo, supone la caducidad del expediente y el archivo de las actuaciones.


A través del siguiente enlace es posible consultar el proceso de regularización, así como los municipios incluidos en el proceso:


Dirección General del Catastro







No hay comentarios:

Publicar un comentario


Entrada destacada

Resolución de 4 de abril de 2023, de la Subsecretaría, por la que se determina la relación de centros habilitados en el extranjero para el depósito de voto en urna en las elecciones autonómicas de 28 de mayo de 2023.

Resolución de 4 de abril de 2023, de la Subsecretaría, por la que se determina la relación de centros habilitados en el extranjero para el d...

Entradas populares